Cuerpos Colegiados

Los cuerpos colegiados en los que participan autoridades, docentes y alumnos de la Facultad de Humanidades son: Consejo Universitario, Consejo Técnico, Academia de Profesores, Comisión Dictaminadora.

Consejo Universitario

Conforme a la Ley Orgánica de la Universidad, el Consejo Universitario es el Órgano Supremo de Gobierno Universitario,de acuerdo al artículo 15,en su integración participan, el Rector; el Secretario General; dos miembros del patronato; los Directores de Facultades y Escuelas y áreas administrativas; un representante de los Consejos Técnicos de todas las Facultades y Escuelas; y un representante profesor y un representante alumno de cada una de las facultades y escuelas; un representante de los empleados de la Universidad.

Dando cumplimiento a los artículos 16 fracción VI y 18 de la Ley Orgánica; 7 inciso B), 10, 11, 12 y 13 del Reglamento del H. Consejo Universitario de la Universidad Autónoma de Campeche, la Facultad de Humanidades tiene los siguientes Representantes Propietaria y Suplente de Profesores ante el H. Consejo Universitario, para el periodo enero 2025 a diciembre 2026, de acuerdo con el oficio No. 1219/224, de fecha enero 8 de 2025:

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Representantes Propietaria y Suplente de Alumnado ante el H. Consejo Universitario, para el periodo enero 2025 a diciembre 2026, de acuerdo con el oficio No. 1218/24, de fecha enero 8 de 2025:

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Consejo Técnico

Acorde a lo señalado en los artículos 67 al 74, en la Ley Orgánica de la Universidad y del 6 al 11, del Reglamento de los Consejos Técnicos, en cada Facultad o Escuela de la Universidad se constituirán un Consejo Técnico.

El Consejo Técnico de la Facultad de Humanidades está integrado por el Director de la Facultad, quien lo presidirá, por dos representantes de los profesores y uno de los alumnos de la Facultad de Humanidades.

El Secretario Académico de la Facultad de Humanidades fungirá como secretario del Consejo, con voz, pero sin voto. Se elige entre el personal docente de cada una de las carreras (Psicología, Literatura e Historia), dos miembros, propietarios y suplentes, y un alumno propietario y suplente. De los dos maestros elegidos, por lo menos uno deberá tener la especialidad en la carrera que corresponda.

El Consejo Técnico de esta Facultad para el periodo enero – diciembre 2026, de acuerdo con el oficio No. (672/25), de fecha 1 de diciembre de 2025:

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Academia de Profesores

El Reglamento de Academia de Profesores de la Universidad Autónoma de Campeche, establece que las academias deberán realizar en forma permanente actividades de investigación y orientación científico-pedagógica, así como organizar y actuar sobre el proceso educativo de su especialidad, contribuyendo al mejoramiento del mismo. La participación de los profesores en las academias debe considerarse como una comisión de apoyo a la docencia, siendo ésta obligatoria con fundamento en los artículos 23, 24 y 26 del Reglamento de la Academia de Profesores de la Universidad Autónoma de Campeche.

Las academias quedan constituidas por especialidad, áreas o asignaturas afines, nombrándose a un presidente y secretario, validados por el Consejo Técnico y ratificados por el Consejo Universitario. Los objetivos, funciones, procesos de selección, organización, los derechos y obligaciones de los integrantes se encuentran señalados en el Reglamento de Academias de la Universidad, siendo respetados por la Facultad de Humanidades.

Los Presidentes y Secretarios que conforman las academias de los Programas Educativos de las Licenciaturas en Historia, Licenciatura en Literatura y Licenciatura en Psicología.

Licenciatura en Historia de la Facultad de Humanidades, para el periodo enero de 2024 a diciembre de 2026, según oficio No. 2886/24 con fecha marzo 01 de 2024 de Consejo Universitario, son los siguientes:

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Licenciatura en Literatura de la Facultad de Humanidades, para el periodo marzo de 2025 a diciembre de 2026, según oficio No. 4368/25 con fecha abril 30 de 2025 de Consejo Universitario, son los siguientes:

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Licenciatura en Psicología de la Facultad de Humanidades, para el periodo 2024 - 2026, según oficio No. 4767/24 con fecha junio 28 de 2024 de Consejo Universitario, son los siguientes:

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La Comisión Dictaminadora

El Capítulo I del Título VII De los Órganos que intervienen en el Ingreso y Promoción del Personal Académico, del Estatuto del Personal Académico, indica que para calificar los concursos de oposición para ingreso y promoción de los académicos se integrarán una comisión dictaminadora según lo establezca el consejo universitario.

Con fundamento en lo establecido en los Artículos 100, 101 y 102 del Estatuto del Personal Académico de la Universidad Autónoma de Campeche, para el periodo Enero 2025 – Diciembre 2026, según oficio No. 1220/24, con fecha 08 de enero de 2025, la Comisión Dictaminadora de los Concursos de Oposición de la Facultad de Humanidades, queda de la siguiente manera:

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